Siendo la Educación para el Trabajo y el Desarrollo humano la que se ofrece con el objeto de complementar, actualizar, suplir conocimientos y formar en aspectos académicos y laborales, cuya finalidad se rige por los principios y fines generales de la educación, promoviendo el perfeccionamiento de la persona humana,
el conocimiento y la reafirmación de los valores nacionales, la capacitación para el desempeño artesanal, artístico, recreacional, ocupacional y técnico, la protección y aprovechamiento de los recursos naturales y la participación ciudadana y comunitaria (Ley 115 Capitulo 2 Artículo 36 y 37 año 1994, Ley General de la Educación en Colombia).
La Corporación Técnica Mercedes Paternina “C.T.P, se acoge a dichos lineamientos teniendo como política que los Estudiantes alcancen los logros en el proceso de enseñanza aprendizaje y que estos serán a la vez multiplicadores de conocimientos y experiencias para mejorar su entorno físico y social.
Todos los programas de C.M.P (CORMEP), que se ofertan en nuestra institución buscan el fomento de valores morales, culturales e intelectuales y al desarrollo integral de cada Estudiante, creándole hábitos de responsabilidad que le permitan, cumplir sus deberes y usufructuando sus derechos, y proyectarse hacia la comunidad y empresas con ánimo de servicio en el ejercicio de las funciones que se le encomienden.
Desarrollar actividades pedagógicas amparadas en la Normatividad de la Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano bajo el enfoque por Competencias Laborales:
• Proporcionar al Estudiante experiencias prácticas bajo la metodología por Competencias Laborales complementadas con el sistema Aprendizaje Servicio, con prácticas extramurales en la comunidad, instituciones debidamente conformadas, para afianzar conocimientos y habilidades.
• Fortalecer en el Estudiante hábitos de civismo, responsabilidad, convivencia e interés de cumplir su compromiso vocacional con la sociedad.
• Desarrollar estrategias de dialogo permanente entre docentes, Estudiantes, Instituciones donde se desarrollan actividades y con la comunidad en general; evaluando también en forma continua el proceso académico y personal de cada individuo.
El objeto de la resolución 777 de junio 2 del 2021, es establecer los criterios y condiciones para el desarrollo de las actividades económicas, sociales y del Estado, y adoptar el protocolo general de bioseguridad que permita el desarrollo de estas tales como:
• Cumplir todas las medidas de bioseguridad y comportamiento en el espacio público.
• Cumplir las medidas de bioseguridad y autocuidado, adoptados en los establecimientos de los sectores económicos, sociales, y del Estado, con el fin de disminuir el riesgo de transmisión del virus, en el desarrollo de todas las actividades.
• Cumplir con el aislamiento en caso de tener síntomas compatibles con COVID 19, o ser contacto estrecho de un caso sospechoso o confirmado de conformidad con lo dispuesto en las normas expedidas por el Ministerio de Salud y Protección Social.
Comprometidos con la calidad educativad, puedes descargar los manuales y otros archivos.
Reglamento Académico CORMEP
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